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PILA Colombia 2026: Cómo calcular y pagar la planilla de aportes

S Sebastián M. · Desarrollador especializado en sistemas de nómina · · ~6 min

La PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes) es el mecanismo oficial para pagar todos los aportes de seguridad social y parafiscales en Colombia. Si sos empleador, la liquidás mensualmente para cada trabajador. Si sos independiente, la pagás por tu propia cuenta. El total que se mueve por esta planilla oscila entre el 28% y el 40% del salario, dependiendo del nivel de riesgo y si hay parafiscales.

Porcentajes vigentes para 2026

La Reforma Laboral 2026 no cambió los porcentajes de aportes a seguridad social. Los valores que aplican este año son los mismos de años anteriores, actualizados solo por el nuevo SMMLV ($1.750.905).

Seguridad social

ConceptoEmpleadoEmpleadorTotal
Salud4%8,5%12,5%
Pensión4%12%16%
ARL (nivel I)0%0,522%0,522%
ARL (nivel II)0%1,044%1,044%
ARL (nivel III)0%2,436%2,436%
ARL (nivel IV)0%4,35%4,35%
ARL (nivel V)0%6,96%6,96%

Parafiscales (solo empleador)

ConceptoPorcentaje
SENA2%
ICBF3%
Caja de Compensacion Familiar4%

Los parafiscales (SENA, ICBF, Caja) no los paga el trabajador. Son cargo exclusivo del empleador sobre el salario base.

Fondo de Solidaridad Pensional

Si el trabajador gana mas de 4 SMMLV ($7.003.620), paga 1% adicional sobre su propio aporte a pensión. Desde 16 SMMLV el porcentaje adicional sube entre 0,2% y 1% mas.


Ejemplo paso a paso: salario mínimo 2026

Datos: salario = $1.750.905 · ARL nivel I · empresa con mas de 10 trabajadores

Lo que descuentan al empleado

ConceptoBasePorcentajeValor
Salud$1.750.9054%$70.036
Pensión$1.750.9054%$70.036
Total descuentos$140.072

El trabajador recibe en cuenta $1.610.833 netos (mas $249.095 de auxilio de transporte si aplica).

Lo que paga el empleador aparte

ConceptoBasePorcentajeValor
Salud$1.750.9058,5%$148.827
Pensión$1.750.90512%$210.109
ARL (nivel I)$1.750.9050,522%$9.140
SENA$1.750.9052%$35.018
ICBF$1.750.9053%$52.527
Caja de Compensacion$1.750.9054%$70.036
Total empleador$525.657

Costo total del empleado para la empresa: $1.750.905 + $525.657 = $2.276.562 (sin contar prestaciones sociales).


Tabla resumen para varios salarios

Salario brutoDescuento empleadoAporte empleador (nivel I)Costo total empresa
$1.750.905 (mínimo)$140.072$525.657$2.276.562
$2.000.000$160.000$600.440$2.600.440
$2.500.000$200.000$750.550$3.250.550
$3.500.000$280.000$1.050.770$4.550.770
$5.000.000$400.000$1.502.050*$6.502.050

*Desde $5.000.000 puede aplicar retención en la fuente adicional al trabajador. El costo empleador no incluye prestaciones sociales (cesantias, prima, vacaciones) ni dotacion.


¿Cuándo se paga la PILA?

El pago se hace mensualmente, a mas tardar en los primeros 10 dias habiles del mes siguiente al periodo a cotizar. Las fechas exactas varían segun los últimos dos dígitos del NIT (empresas) o la cédula (independientes).

Por ejemplo, para el periodo de marzo, el pago vence entre el 2 y el 16 de abril de 2026 dependiendo del grupo al que pertenezcas.


Diferencia entre empleado dependiente e independiente

Esta es la diferencia clave:

AspectoTrabajador dependienteTrabajador independiente
¿Quién paga salud?Empleador (8,5%) + empleado (4%)El independiente paga el 12,5% completo
¿Quién paga pensión?Empleador (12%) + empleado (4%)El independiente paga el 16% completo
Base de cotizaciónSalario mensual40% del ingreso mensual (mín. 1 SMMLV)
ARLLa paga el empleadorSolo si hay contrato de prestacion de servicios con riesgo; la asume el contratante
ParafiscalesLos paga el empleadorNo aplican para independientes puros

Ejemplo para un independiente con ingresos de $5.000.000 al mes:

  • Base de cotización: $5.000.000 x 40% = $2.000.000
  • Salud: $2.000.000 x 12,5% = $250.000
  • Pensión: $2.000.000 x 16% = $320.000
  • Total PILA mensual: $570.000

Si sus ingresos son variables, liquida cada mes sobre el 40% de lo que efectivamente recibio.


¿Quién está obligado a pagar la PILA?

Estan obligados:

  • Empleadores con trabajadores vinculados por contrato laboral (incluye empleadas del servicio doméstico, conductores, personal de seguridad).
  • Contratistas vinculados por prestacion de servicios con honorarios iguales o superiores a 1 SMMLV.
  • Trabajadores independientes con ingresos mensuales iguales o superiores a 1 SMMLV ($1.750.905 en 2026).

Las personas con ingresos inferiores a 1 SMMLV no están obligadas, aunque pueden cotizar voluntariamente al sistema pensional.


Consecuencias de no pagar

Si sos empleador y no pagás la PILA a tiempo:

  1. Intereses de mora: se generan desde el primer dia de retraso.
  2. Sanciones de la UGPP: multas que pueden llegar al 100% del valor adeudado.
  3. Responsabilidad directa: si el trabajador sufre un accidente o enfermedad y los aportes estan en mora, el empleador asume el costo de las prestaciones que deberia cubrir el sistema (incapacidades, atención médica, etc.).
  4. Indemnización laboral: 1 dia de salario por cada dia de mora en el pago.

Preguntas frecuentes

¿El auxilio de transporte entra en la base de la PILA? No. El auxilio de transporte ($249.095 en 2026) no hace parte del salario para efectos de seguridad social ni parafiscales. Solo entra como factor para calcular cesantias e intereses.

¿Que es el IBC? El IBC (Ingreso Base de Cotización) es el valor sobre el que se aplican los porcentajes. Para empleados es el salario ordinario. Para independientes es el 40% del ingreso mensual con un mínimo de 1 SMMLV y un máximo de 25 SMMLV.

¿Las empresas pequeñas (menos de 10 empleados) pagan menos parafiscales? Desde la Ley 590 de 2000 y sus modificaciones, las microempresas con menos de 10 trabajadores no estan obligadas a pagar aportes al SENA y al ICBF. La contribución a la Caja de Compensacion sigue siendo obligatoria.

¿La Reforma Laboral 2026 cambió los porcentajes? No. Los porcentajes de salud, pensión y ARL no cambiaron. Lo que cambió fue el SMMLV ($1.750.905), que eleva los valores absolutos de cada aporte, y algunos ajustes en la formalización del trabajo doméstico.

¿A través de qué operadores se paga la PILA? Los principales operadores habilitados son SOI, Enlace Operativo, Mi Planilla, Aportes en Línea y otros validados por el Ministerio de Salud. Cada uno cobra una tarifa de transacción que generalmente asume el empleador.

¿Puedo pagar la PILA de meses anteriores? Sí, pero generarás intereses de mora calculados a la tasa de interes bancario corriente. Es mejor pagar con retraso que no pagar, porque los periodos sin cotización afectan la semana de pension que necesitas para jubilarte.


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