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Prestaciones sociales en Colombia 2026: Cesantías, prima, vacaciones y más

S Sebastián M. · Desarrollador especializado en sistemas de nómina · · ~7 min

Las prestaciones sociales son pagos obligatorios que el empleador debe hacerle al trabajador, distintos al salario mensual. No son un favor ni un beneficio extralegal — son derechos reconocidos por el Código Sustantivo del Trabajo y aplican para todos los trabajadores con contrato laboral en Colombia.

En este artículo está todo lo que necesitas saber: cesantías, prima de servicios, vacaciones, auxilio de transporte, intereses sobre cesantías, fechas de pago y fórmulas de cálculo con los valores vigentes para 2026. Todo en un solo lugar.

Cesantías: un mes de salario por año trabajado

Las cesantías son el equivalente a un mes de salario por cada año de trabajo. Su propósito original era proteger al trabajador en caso de quedar sin empleo, de ahí el nombre. Hoy siguen siendo una de las prestaciones más importantes del sistema laboral colombiano.

¿Cómo se calculan?

La fórmula es:

Cesantías = (Salario base + auxilio de transporte si aplica) × días trabajados ÷ 360

Con los valores de 2026:

  • SMMLV: $1.750.905
  • Auxilio de transporte: $249.095 (aplica para salarios hasta $3.501.810)

Ejemplo: trabajador con salario de $2.000.000 que trabajó todo el año:

  • Base = $2.000.000 + $249.095 = $2.249.095
  • Cesantías = $2.249.095 × 360 ÷ 360 = $2.249.095

Si trabajó solo 6 meses (180 días):

  • Cesantías = $2.249.095 × 180 ÷ 360 = $1.124.548

Fechas clave

El empleador hace el corte de cesantías el 31 de diciembre de cada año y tiene hasta el 15 de febrero del año siguiente para consignarlas en el fondo que el trabajador haya elegido (Porvenir, Protección, Colfondos, etc.). Si se demora, debe pagar un día de salario por cada día de retraso.

Para más detalle sobre cuándo y cómo se hacen efectivas, lee: ¿Cuándo me pagan las cesantías?

Calcula las tuyas con la Calculadora de cesantías.

Prima de servicios: medio salario dos veces al año

La prima de servicios equivale a un salario mensual completo al año, pagado en dos cuotas iguales. Cada cuota es de 15 días de salario.

¿Cómo se calcula?

Prima = Salario base × días trabajados en el semestre ÷ 360

Ejemplo: salario de $2.500.000, trabajó todo el primer semestre (180 días):

  • Prima = $2.500.000 × 180 ÷ 360 = $1.250.000

Fechas de pago

  • Primer semestre (enero–junio): pago a más tardar el 30 de junio
  • Segundo semestre (julio–diciembre): pago a más tardar el 20 de diciembre

Si el contrato termina antes de esas fechas, el trabajador recibe la prima proporcional a los días trabajados en ese semestre. No importa si renunció o si lo despidieron.

Más información en: ¿Qué es la prima de servicios?

Calcula la tuya con la Calculadora de prima.

Vacaciones: 15 días hábiles por año

Las vacaciones remuneradas equivalen a 15 días hábiles por cada año de trabajo continuo, no días calendario. Eso significa que los sábados (si no son laborables), domingos y festivos no cuentan dentro de esos 15 días.

¿Cómo se calcula el pago de vacaciones?

Vacaciones = Salario mensual ÷ 30 × 15

Ejemplo: salario de $2.000.000:

  • Vacaciones = $2.000.000 ÷ 30 × 15 = $1.000.000

A diferencia de las cesantías y la prima, el auxilio de transporte no entra en la base de cálculo de vacaciones.

¿Se pueden acumular?

Sí. Por mutuo acuerdo entre empleador y trabajador, las vacaciones se pueden acumular hasta por 2 años. Sin embargo, el empleador debe garantizar que el trabajador disfrute al menos 6 días continuos en el primer año.

Si el contrato termina antes de cumplir el año, el trabajador recibe las vacaciones proporcionales en la liquidación.

Para el detalle completo: Vacaciones en Colombia 2026.

Auxilio de transporte: $249.095 mensuales

El auxilio de transporte en 2026 es de $249.095 mensuales. Aplica para trabajadores que ganan hasta 2 SMMLV, es decir, hasta $3.501.810 al mes.

¿Para qué sirve en el cálculo de prestaciones?

El auxilio de transporte entra en la base de cálculo de cesantías y prima de servicios. No entra en la base de aportes a salud y pensión — eso lo reduce, porque los aportes se calculan solo sobre el salario.

  • Entra en base de: cesantías, prima de servicios
  • No entra en base de: salud, pensión, riesgos laborales, vacaciones

¿Qué pasa con trabajadores remotos?

Los trabajadores en modalidad de teletrabajo o trabajo en casa tienen derecho al auxilio de conectividad digital, que tiene el mismo valor que el auxilio de transporte: $249.095 mensuales. La lógica es la misma: compensar un gasto asociado a la prestación del servicio.

Intereses sobre cesantías: 12% anual

Los intereses sobre cesantías son un pago adicional que el empleador hace directamente al trabajador — no al fondo de cesantías. Muchos los confunden con las cesantías mismas, pero son conceptos distintos.

¿Cómo se calculan?

Intereses = Saldo de cesantías × días trabajados × 12% ÷ 360

Ejemplo: $3.000.000 acumulados en cesantías, año completo (360 días):

  • Intereses = $3.000.000 × 360 × 0,12 ÷ 360 = $360.000

Si trabajó solo 6 meses (180 días):

  • Intereses = $3.000.000 × 180 × 0,12 ÷ 360 = $180.000

Fecha de pago

El empleador debe pagar los intereses directamente al trabajador a más tardar el 31 de enero de cada año. No van al fondo — van a la cuenta o en efectivo al empleado.

Si el empleador no paga los intereses, debe pagar una sanción equivalente al valor de los intereses adeudados.

Tabla resumen de prestaciones sociales 2026

PrestaciónEquivale aFecha de pagoQuién la paga
Cesantías1 salario/añoConsignación antes del 15 febEmpleador al fondo
Intereses sobre cesantías12% anual sobre saldoAntes del 31 de eneroEmpleador directo al trabajador
Prima (1er semestre)15 días de salarioAntes del 30 de junioEmpleador directo al trabajador
Prima (2do semestre)15 días de salarioAntes del 20 de diciembreEmpleador directo al trabajador
Vacaciones15 días hábiles/añoAl momento de disfrutarlasEmpleador directo al trabajador
Auxilio de transporte$249.095/mesCon cada pago de nóminaEmpleador directo al trabajador

¿Qué pasa con las prestaciones si me despiden o renuncio?

Todas las prestaciones sociales se pagan de forma proporcional al terminar el contrato, sin importar la causa. Ya sea despido con o sin justa causa, renuncia voluntaria o terminación de contrato a término fijo — las prestaciones siempre se liquidan.

Lo que cambia según la causa de terminación es si hay lugar o no a indemnización por despido sin justa causa. Pero las cesantías, la prima proporcional, las vacaciones pendientes y los intereses siempre se pagan.

El empleador tiene 15 días hábiles desde la terminación del contrato para entregar la liquidación completa. Si se demora, pueden aplicar sanciones adicionales.

Para calcular exactamente cuánto te corresponde al salir, usa la Calculadora de liquidación laboral.

Preguntas frecuentes

¿Las prestaciones sociales aplican para contratos a término fijo?

Sí. Los contratos a término fijo tienen exactamente los mismos derechos prestacionales que los contratos indefinidos: cesantías, prima, vacaciones, intereses y auxilio de transporte. La única diferencia es que al vencer el plazo sin renovación, no hay indemnización por despido (siempre que se haya avisado con 30 días de anticipación).

¿Un contratista independiente tiene derecho a prestaciones?

No. Los contratistas que trabajan bajo contrato de prestación de servicios (contrato civil o comercial) no tienen derecho a ninguna prestación social. Eso incluye cesantías, prima, vacaciones e intereses. Sin embargo, sí deben pagar sus propios aportes a salud y pensión como trabajadores independientes. Si hay elementos de subordinación y dependencia aunque el contrato diga otra cosa, puede haber lugar a reclamar una relación laboral encubierta.

¿El empleador puede pagar las prestaciones mes a mes?

No. La ley prohíbe expresamente el pago de prestaciones sociales incluidas en el salario mensual. Esta práctica se llama salario integral simulado y es ilegal para trabajadores que ganen menos de 13 SMMLV. Si el empleador le dice que ya le está pagando las prestaciones dentro del salario, eso no tiene validez legal y el trabajador igual puede reclamarlas por separado. La única excepción legal es el salario integral, que aplica para salarios superiores a 13 SMMLV ($22.761.765 en 2026) y requiere un acuerdo escrito y explícito entre las partes.


Conocer tus prestaciones sociales es el primer paso para saber si te están pagando bien. Si tienes dudas sobre cuánto te corresponde, usa las calculadoras del portal: cesantías, prima de servicios y liquidación laboral.

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