La Ley 2466 de 2025 es la reforma laboral más significativa de los últimos años en Colombia. No fue un cambio menor: tocó la jornada de trabajo, los recargos nocturnos, los dominicales y festivos, los permisos remunerados y hasta los beneficios para quienes trabajan desde casa. Todo eso entró en vigencia de forma escalonada, con la mayoría de los cambios aplicando desde el 1 de enero de 2026.
Si llevas una nómina, eres empleador, o simplemente quieres saber si te están pagando bien, este artículo reúne todos los cambios en un solo lugar. Sin rodeos, con los números concretos.
1. Jornada laboral: de 47 horas a 44 horas (y camino a 42)
Colombia lleva varios años en un proceso gradual de reducción de la jornada laboral. Desde 2023 se comenzó a bajar desde las 48 horas semanales que habían sido la norma por décadas. En 2026 la jornada quedó en 44 horas semanales, lo que ya representa un cambio real respecto a años anteriores.
Pero el hito más importante está a la vuelta de la esquina: a partir del 1 de julio de 2026, la jornada ordinaria baja a 42 horas semanales. Esto no es un proyecto ni una propuesta — está en la ley y tiene fecha exacta.
¿Qué significa esto en la práctica? Que si un trabajador labora más de 42 horas a la semana después de julio, esas horas adicionales se pagan como horas extras desde antes. La jornada ordinaria es más corta, así que el umbral para empezar a pagar extras se alcanza más rápido.
- Antes de 2026: extras a partir de la hora 48 semanal
- Hoy (enero–junio 2026): extras a partir de la hora 44 semanal
- Desde julio 2026: extras a partir de la hora 42 semanal
Para entender bien qué implica esto en el salario, lee: Jornada de 42 horas: qué cambia en julio 2026
Y si quieres calcular cuánto te deben pagar por horas extras según la jornada actual, usa la Calculadora de horas extras.
2. Nuevo horario nocturno: el recargo empieza a las 7 p.m.
Este es uno de los cambios que más impacto tiene en quienes trabajan en comercio, restaurantes, call centers, servicios de seguridad y cualquier actividad con turnos de tarde o noche.
Antes de la Ley 2466, el recargo nocturno aplicaba a partir de las 9 p.m. Eso significaba que si alguien trabajaba hasta las 8:30 p.m., no había recargo de ningún tipo.
Desde la Ley 2466, el recargo nocturno empieza a las 7 p.m. El porcentaje del recargo es del 35% sobre el valor de la hora ordinaria. Eso aplica para cada hora trabajada entre las 7 p.m. y las 6 a.m.
Ejemplo concreto: un trabajador que sale a las 8 p.m. ahora tiene derecho a que esa última hora (de 7 p.m. a 8 p.m.) se pague con el recargo del 35%. Antes, esa hora se pagaba a tarifa normal. No es un cambio simbólico — es plata real en el bolsillo.
Los empleadores deben ajustar sus sistemas de nómina para reconocer este cambio desde enero de 2026. Quienes no lo hayan hecho ya están acumulando una deuda laboral.
Más detalles en: Recargo nocturno desde las 7 p.m.: qué significa para tu salario
3. Recargos dominicales y festivos: aumentan progresivamente
Trabajar un domingo o un festivo siempre ha tenido un recargo en Colombia. Lo que cambió con la Ley 2466 es que ese recargo sube de forma escalonada hasta llegar al 100% en 2027. Esto quiere decir que para 2027 un domingo se pagará el doble de un día ordinario.
El cronograma es el siguiente:
- Antes de 2026: recargo del 75%
- Enero a junio de 2026: recargo del 80%
- Julio a diciembre de 2026: recargo del 90%
- Desde 2027: recargo del 100%
Este recargo aplica cuando el trabajador labora en su día de descanso obligatorio (generalmente el domingo) o en un día festivo nacional, incluso si es su turno habitual. No importa que el empleador lo haya programado así — el recargo es obligatorio.
Una fecha que tiene especial relevancia es la Semana Santa, que en 2026 cae dentro del primer semestre. Los días de trabajo durante esa semana (Jueves y Viernes Santo, principalmente) se pagan con el recargo del 80% vigente en ese período.
Lee más sobre esto en: Recargo dominical y festivo en 2026 y Trabajo en Semana Santa 2026
4. Nuevos permisos remunerados
La Ley 2466 amplió el catálogo de situaciones en las que un empleador está obligado a dar días de permiso pagado. Estos permisos son distintos a las vacaciones: no se descuentan de los días de descanso remunerado y son adicionales a lo que ya existía.
Algunas de las situaciones cubiertas por los nuevos permisos remunerados incluyen:
- Calamidad doméstica (accidente, enfermedad grave de familiar cercano, catástrofe en la vivienda)
- Matrimonio del trabajador
- Fallecimiento de familiar de segundo grado de consanguinidad o de la familia extendida, en casos que antes no estaban contemplados
La clave es que estos días son remunerados y obligatorios. El trabajador no tiene que compensarlos ni tomarlos de sus vacaciones. El empleador no puede negarlos si se presenta la situación descrita en la ley.
Para ver el listado completo y cómo solicitarlos: Nuevos permisos remunerados en 2026
5. Auxilio de conectividad para teletrabajo
Quienes trabajan desde casa bajo la figura de teletrabajo tienen derecho, desde la Ley 2466, a un auxilio de conectividad mensual. El valor es de $249.095 al mes — exactamente el mismo valor que el auxilio de transporte vigente en 2026.
Esta equivalencia no es casualidad: la ley establece de forma explícita que el auxilio de conectividad tiene el mismo valor que el de transporte. La lógica es que si el trabajador no se desplaza pero sí necesita conexión a internet para trabajar, el costo lo asume el empleador.
Hay una condición importante para recibirlo: el trabajador debe ganar hasta 2 SMMLV, es decir, hasta $3.501.810 al mes. Quienes ganen más de eso no tienen derecho a este auxilio.
Otro punto clave: no se pueden recibir los dos auxilios al mismo tiempo. Si un trabajador tiene derecho al auxilio de transporte, no recibe el de conectividad, y viceversa. Son excluyentes entre sí.
Más información en: Auxilio de conectividad 2026
6. Cambios en las cesantías
La reforma también introdujo ajustes en la forma en que se liquidan y reconocen las cesantías, particularmente en casos de terminación del contrato y en la interacción con los nuevos cálculos de jornada. Si tienes dudas sobre cómo la reforma afecta este beneficio, lee: Cesantías y la reforma laboral 2026
¿Qué sigue después de julio de 2026?
El mes de julio de 2026 es una fecha de quiebre. Cuando llegue, ocurren dos cosas importantes al mismo tiempo:
- La jornada ordinaria baja oficialmente a 42 horas semanales. Cualquier hora por encima de ese límite es hora extra y se paga como tal.
- El recargo dominical y festivo sube al 90%, un escalón más hacia el 100% que se alcanza en 2027.
Los empleadores que aún no han actualizado sus sistemas de nómina deben hacerlo antes de esa fecha. Un error en el cálculo de horas extras o en el recargo dominical puede acumular deudas con los trabajadores que, si llegan a demanda, incluyen intereses y sanciones.
Tabla resumen — Cambios de la Ley 2466
| Cambio | Antes | Ene–Jun 2026 | Jul 2026 en adelante |
|---|---|---|---|
| Jornada laboral ordinaria | 47 h/semana | 44 h/semana | 42 h/semana |
| Inicio recargo nocturno | 9 p.m. | 7 p.m. | 7 p.m. |
| Recargo nocturno | 35% | 35% | 35% |
| Recargo dominical y festivo | 75% | 80% | 90% (100% en 2027) |
| Auxilio de conectividad | No existía | $249.095/mes | $249.095/mes |
¿Cómo afecta esto a mi nómina?
Si trabajas en turnos de tarde, si tu jornada termina después de las 7 p.m., o si trabajas domingos y festivos, tu salario debería ser más alto desde enero de 2026. No es opcional ni negociable: estos recargos son de orden público y el empleador está obligado a pagarlos.
Para verificar si tu liquidación de horas extras está bien calculada, usa la Calculadora de horas extras. Puedes ingresar tu salario y la cantidad de horas trabajadas por tipo (diurnas, nocturnas, dominicales) y obtienes el valor exacto que te corresponde.
Si quieres ver cómo quedaría tu desprendible de nómina completo con todos estos cambios aplicados, también puedes usar la herramienta de Genera tu desprendible de nómina.
Preguntas frecuentes
¿La jornada de 42 horas aplica para todos los trabajadores?
En términos generales, sí. La jornada de 42 horas semanales aplica para los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo bajo el Código Sustantivo del Trabajo. Hay excepciones puntuales para cargos de dirección, confianza o manejo, que tienen un régimen especial. Pero para la mayoría de empleados dependientes, la reducción aplica de forma directa.
¿Mi empleador puede negarme el recargo nocturno desde las 7 p.m.?
No. El recargo nocturno desde las 7 p.m. es un derecho legal establecido en la Ley 2466 y no puede ser negado ni renunciado contractualmente. Si tu empleador no lo está pagando, está incumpliendo la ley. Puedes elevar una queja ante el Ministerio de Trabajo o iniciar una reclamación laboral. Guarda los registros de entrada y salida como soporte.
¿Los contratistas independientes se benefician de la reforma?
No directamente. La Ley 2466 aplica a relaciones laborales dependientes, es decir, contratos de trabajo. Los contratistas de prestación de servicios no tienen derecho a recargos nocturnos, dominicales, auxilios de conectividad ni permisos remunerados por la vía de esta reforma. Sin embargo, si existe una relación laboral encubierta bajo un contrato de servicios (lo que se conoce como contrato realidad), el trabajador podría reclamar estos derechos retroactivamente.
Los cambios de la Ley 2466 son concretos, tienen fechas y tienen números. Lo mejor que puedes hacer, tanto si eres trabajador como si llevas una nómina, es verificar que los cálculos estén al día. Usa las calculadoras disponibles en este portal para hacerlo en minutos.